Sobre la justificación de las subvenciones concedidas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en la convocatoria 2015 del Programa de ayudas dirigidas a centros tecnológicos de la Comunidad Valenciana.
La convocatoria del programa se publicó en el DOCV nº 6944 de fecha 30/01/2015, con el objeto de potenciar la capacidad de actuación de los Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana mediante líneas de investigación innovadoras en sus áreas de actuación específicas, que vinculen conocimiento y tecnología con el aprovechamiento de oportunidades de mercado para procesos, productos y servicios innovadores para las empresas de la Comunitat Valenciana.
El periodo de elegibilidad de los gastos para esta convocatoria es el comprendido desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, siendo la fecha límite de justificación el día 10 de febrero de 2016. Recientemente se ha publicado el manual de instrucciones para la justificación de esta convocatoria que incluye algunas novedades respecto a anteriores convocatorias.
Como parte del trabajo y del valor añadido a nuestros clientes, hemos revisado y comparado los requisitos y criterios de justificación con los de ejercicios anteriores, habiendo preparado un documento de trabajo adaptado a la actual convocatoria. Estos cambios afectan principalmente a:
- Las obligaciones de conservación de la documentación: Se modifican los plazos que obligan a los beneficiarios a mantener la documentación de la justificación del proyecto, para adaptarlos a los establecidos por el Programa Operativo FEDER de la Comunidad Valenciana. También se añaden algunas indicaciones acerca del formato en el que se pueden conservar los documentos.
- Los requisitos de publicidad: Se desarrollan las obligaciones de publicidad de la financiación FEDER respecto a ejercicios anteriores.
- La documentación a aportar en la justificación: En general se amplían los documentos a aportar, sobre todo en cuanto a la justificación de la imputación horaria, la justificación de servicios, ...
- La elegibilidad de determinados gastos, con alguna modificación en los gastos de personal y en la consideración de costes directos.
Esperamos que esta información sea de su utilidad.
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